Ya que en ese grupo editorial tantas veces al cabo del año acostumbran a escribir su nombre y título en el cargo (generalmente con el acrónimo "ETA" un par de veces en cada artículo en el que se mencione, sobre todo en el apartado de "Opinión"), me pregunto cuándo aprenderán a escribirlo sin horribles faltas de ortografía, injustificadas tras tantas décadas de uso. Que alguien les diga que es "lehendakari", y no "lendakari".
En cambio, "Beckham", "Schwarzenegger", "Letizia" o "plastilina" lo escriben estupendamente. :)
1. Corresponde la ciudadanía vasca a todas las personas que tengan vecindad administrativa en alguno de los municipios de la Comunidad de Euskadi. Todos los ciudadanos y ciudadanas vascas, sin ningún tipo de discriminación, dispondrán en la Comunidad de Euskadi de los derechos y deberes que reconoce el presente Estatuto y el ordenamiento jurídico vigente.
2. Se reconoce oficialmente la nacionalidad vasca para todos los ciudadanos y ciudadanas vascas, de conformidad con el carácter plurinacional del Estado español. La adquisición, conservación y pérdida de la nacionalidad vasca, así como su acreditación, será regulada por Ley del Parlamento Vasco ajustándose a los mismos requisitos exigidos en las Leyes del Estado para la nacionalidad española, de modo que el disfrute o acreditación indistinta de ambas será compatible y producirá en plenitud los efectos jurídicos que determinen las Leyes.
3. Nadie podrá ser discriminado en razón de su nacionalidad ni privado arbitrariamente de la misma.
El problema consiste, nada menos, en la pluralidad de identidades políticas en
Euskal Herria. Hay un proyecto nacionalista vasco, mayoritario en Euskadi y minoritario en Navarra e Iparralde. Hay una afirmación españolista minoritaria pero muy importante en el País Vasco, mayoritaria en Navarra e indiscutiblemente hegemónica en el resto de España. En el propio nacionalismo vasco cohabitan dos almas. La independentista y la euskalerriaca, que han encontrado en la ambigüedad del proyecto final la vía del entendimiento. La cuestión consiste en encontrar una
solución capaz de dar cobijo y cobijo cómodo y estable a tan diferentes identidades y aspiraciones. Se trata por lo tanto de un problema eminentemente político. Nada se gana con negarlo, porque la complejidad e incluso, en frecuentes ocasiones, su amarga realidad la demuestra la experiencia de cada día. Y su necesaria racionalización ha de intentarse y conseguirse a partir de reconocer su naturaleza, singular y afectiva y, en consecuencia irreductible a las pautas del espíritu de geometría, porque, ahítos del racionalismo, deberíamos volver a las cosas mismas y saber que la racionalidad está a la medida del objeto a racionalizar y no a la inversa. No es lo mismo racionalizar el control del gasto que una reivindicación identitaria; el transporte por ferrocarril que una aspiración de poder. Eso es lo que, a mi juicio puede resultar del proyecto del Gobierno Vasco
encabezado por el Lehendakari Ibarretxe, presentado ante el Parlamento Vasco el 27
de Septiembre del 2002. Porque es un proyecto de reforma institucional que respeta la legalidad. Porque tiene un carácter procedimental. Porque es un proyecto abierto, como ha de corresponder a una sociedad abierta.
"Es un proyecto respetuoso de la Constitución y del Estatuto de Autonomía, parte integrante del bloque de constitucional. A lo que ahora son y a lo que, en virtud de sus propias cláusulas de revisión pueden llegar a ser. Y en ese respeto y no en otra
cosa radica, según tiene declarado el Tribunal Constitucional, la exigible lealtad a la constitución. En consecuencia, el proyecto en cuestión podrá ser considerado bueno, malo o regular desde un punto de vista político; pero no tachado de inconstitucional.
Podría y, a mi juicio, debería ser examinado y debatido con tanto cuidado como buena intención, tal vez, al final deba ser modificado e, incluso, quepa rechazarlo; pero no puede, lícitamente, ser objetado y, menos todavía, descalificado como contrario a la norma fundamental o a las estructuras esenciales de un Estado democrático de Derecho.
En efecto, el proyecto ni pretende romper jurídicamente con la legalidad existente, ni la descalifica políticamente. Antes bien la valora de modo positivo y trata de reformarla sobre la base de las propias previsiones de dicha legalidad. Parte del Estatuto (p. 37); invoca las cláusulas de apertura de dicho Estatuto y de la propia Constitución (Adicional Única EA y Adicional Primera CE) (p.45). Se atiende escrupulosamente al procedimiento de revisión previsto en el Estatuto y la Constitución (art. 46 EA = art. 152 CE). Y tiende a una situación que, a mí entender, resulta compatible con el marco constitucional vigente. Si el marco no es inmutable ni pétreo y, en caso de necesidad, puede ser reformado como la propia Constitución prevé, tiene, felizmente también, sus propios mecanismo de ajuste que permiten encajar, si hay voluntad política para ello, voluntad a construir entre todos, una propuesta como la comentada, que también se presenta como flexible. Esta última afirmación nos lleva a considerar los conceptos manejados en el plan Ibarretxe y su compatibilidad con el Estado constitucional democrático...
O sistema de comentarios está á disposición dos lectores de "signos de vida" (antes "días estranhos") exclusivamente para a publicación de opinións e comentarios relacionados co contido deste blog. Calquera texto publicado por medio do referido sistema non reflicte necesariamente a opinión do autor deste blog. As opinións e informacións publicadas no sistema de comentarios son de autoría e responsabilidade integral dos leitores que del fixeran uso. O autor deste blog resérvase o dereito de suprimir os comentarios e textos que considere ofensivos, difamatorios, calumniosos, preconceitosos ou de algunha forma perxudiciais a terceiros. Textos de carácter promocional ou inseridos no sistema sen a debida identificación do autor (nome completo e enderezo válido de e-mail) tamén poderán ser eliminados.